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Contrato de Membresía Share
CONTRATO SHARE Y CUOTA DE MANTENIMIENTO CON AUTORIZACIÓN DE DÉBITO
Conste por el presente instrumento privado el contrato de adhesión de membresía que se celebra al tenor de las siguientes cláusulas: CONTRATO SHARE Y CUOTA DE MANTENIMIENTO CON AUTORIZACIÓN DE DÉBITO.
Conste por el presente instrumento privado el contrato de adhesión de membresía que se celebra al tenor de las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. – INTERVINIENTES: A) Por una parte, Héctor Emilio Navarrete Ortega, portadora de la C.I. No. 0913318978 en sus propios derechos como representante legal de SHARENETWORK S.A. compañía administradora de la RED SHARE NETWORKING EXPERIENCE, de marca registrada, a quien para efectos del presente contrato se podrá denominar en adelante como La Administración; y, B) Por otra parte, el suscrito aceptante de manera virtual a través de nuestra página web www.sharenetworking.net, una vez que dio click en ACEPTO dentro de nuestro formulario de compra. por sus propios y personales derechos, portador de la C.I. que suscribe de igual manera virtual en el mismo formulario, a quien para efectos del presente contrato se podrá denominar en adelante como EL MIEMBRO.
CLÁUSULA SEGUNDA. – ANTECEDENTES: 1) A la fecha de la firma de este contrato, La Administración admitió la solicitud de EL MIEMBRO. 2) EL MIEMBRO ha aceptado los compromisos para MIEMBROS, instructivos actuales y futuros, asistencia a las reuniones y gozo de los beneficios de Adhesión a la RED SHARE inherentes a su calidad de miembro. Este no es un Club de Asociación gremial con Voz y Voto o Derecho a elegir y ser elegido en Directorio de Administración, sino más bien constituye el derecho de Adhesión a una Red de Negocios y sus beneficios, acorde a su membresía.
CLÁUSULA TERCERA. – SOBRE LA MEMBRESÍA Y CONFIDENCIALIDAD: EL MIEMBRO en calidad de TITULAR de la MEMBRESÍA, podrá asistir a las reuniones virtuales o presenciales del Programa que el ejecutivo representante de SHARE le haya notificado, de acuerdo con las instrucciones que cada convocatoria genere, y será asignado a un grupo de la comunidad acorde a lo decidido por La Administración. La asistencia a este o más grupos se establecerá acorde a los beneficios de la Membresía adquirida con este contrato. El Miembro tendrá en cuenta que SHARE y su Administrador llevarán a cabo actividades debidamente protegidas en sus contenidos intelectuales, por lo que se compromete a no divulgar información sobre estas o lo que se presuma atente a sus intereses, los de sus miembros y terceros, sin autorización escrita por parte del administrador.
CLÁUSULA CUARTA. – VIGENCIA Y RENOVACIÓN: El título de esta membresía es de tiempo indefinido (vitalicio), pero no incluye las cuotas de mantenimiento mensual o anual. La cuota de mantenimiento se renovará automáticamente de forma indefinida con débitos a la tarjeta de crédito descrita en el formulario, salvo que EL MIEMBRO exprese en por lo menos un correo simple, pero por escrito, con al menos 30 días, su decisión de interrumpir los pagos. Las renovaciones automáticas se realizarán con la misma duración anual o mensual y forma de pago que la primera vez aquí detallada, tomando la fecha de aprobación virtual de este contrato como guía para el cálculo. La Membresía y primera cuota de mantenimiento se paga de forma anticipada y SHARE no hará devoluciones o indemnizaciones de dinero, por lo que si un miembro decidiera tornar su membresía a estado PASIVO deberá notificarlo previo a la fecha de su vencimiento para evitar la renovación automática. El MIEMBRO autoriza que este valor sea descontado de la tarjeta de crédito que registre junto con la aprobación virtual de este contrato. En caso de que el Miembro por temas de agenda o disposición no pudiera asistir a las sesiones programadas en una membresía de pago anticipado, deberá notificar con tiempo las complicaciones de agenda de tal manera que se pueda recuperar en un futuro el número de meses o sesiones que dejaría de usar. Este es un derecho personal y únicamente transferible a un Ejecutivo de la misma empresa con un rango de decisión igual o superior que deberá ser pre aprobado por el comité de admisiones de la red previo a su asistencia.
CLÁUSULA QUINTA. – TIPO DE MEMBRESÍA: Para constancia escrita se deja claro que los diferentes tipos de Membresías se podrán observar de manera pública en la página web www.sharenetworking.net y que Share se reserva el derecho de modificar o renovar el beneficio o reestructuración de sus programas cuando crea conveniente. Para lo cual comunicará a sus miembros con al menos 15 días de anticipación de estos cambios y buscará compensar de manera interna estos cambios con productos de igual valor. EL MIEMBRO deberá conservar su título de miembro y exigirlo al momento de inscribirse para sostener como método probatorio de la membresía que ha comprado y sus beneficios.
CLÁUSULA SÉPTIMA. – COSTO, DURACIÓN Y FORMA DE PAGO DE MEMBRESÍA: El costo de los títulos de membresía varían según el estatus y programa. Usted podrá informarse de estos costos en nuestra página web y a través del Kit de membresía que recibirá dentro de los días siguientes luego de hacer la cancelación. Adicional al costo del título, EL MIEMBRO deberá cancelar una cuota de mantenimiento mensual que autoriza y registra debidamente en el mismo formulario virtual en mención de este contrato. Este contrato cumple validez legal de PAGARÉ A LA ORDEN a nombre de SHARENETWORK S.A. o de quien compre esta cartera por cobrar. Usted recibirá una factura con el valor de su título y un valor mensual de cuota de mantenimiento de la Red a la dirección de correo electrónico que notifique en este mismo formulario virtual.
Este contrato constituye un Debo y Pagaré incondicional y sin protesto al Emisor de la tarjeta de crédito y/o al ADMINISTRADOR, o por el total de los valores expresados en esta Autorización de Orden de Cargo con Tarjeta de Crédito, en el lugar y fecha que se convenga por parte del suscrito. En caso de mora el suscrito pagará la tasa máxima autorizada para el emisor de la tarjeta de crédito y las tarifas que esta institución establezcan por gestiones de la cartera vencida. Se exime al emisor de la tarjeta de crédito, de cualquier responsabilidad por los valores reportados. Por lo cual el suscrito renuncia a cualquier reclamación y a iniciar cualquier acción legal en contra de las indicadas Instituciones, las mismas que no requerirán de otro instrumento o documento para procesar en la tarjeta de crédito, los valores generados, que desde ya los acepta y reconoce como obligación. El suscrito se compromete expresamente a enviar una comunicación escrita con 30 días de anticipación, a la oficina Matriz del Emisor, en caso de no revocación de la presente autorización, de lo contrario se entenderá vigente la orden de cargo expresada por los servicios antes determinados. De igual manera el suscrito autoriza que en caso de pérdida, hurto, robo o cualquier circunstancia por el que fuera cambiado el número de la tarjeta de crédito antes singularizada, se cuenta con el nuevo número que se le asigne para efectuar todos los pagos de manera incondicional dentro del período correspondiente, de tal manera que el cambio del número indicado no sea causa para dejar de cancelar los valores que adeude.
CLÁUSULA SÉPTIMA. – OBSERVACIÓN ESPECIAL SOBRE BENEFICIOS Y CONTROVERSIAS: Esta Membresía cubre únicamente el derecho de asistencia a reuniones formales en dónde la red construirá contenidos enfocados todos en atender necesidades de CRECIMIENTO y OPORTUNIDADES para sus Miembros. Estos contenidos podrían contener Exposición y Análisis de Casos, Oportunidades de Promoción a través del Marketing Boca en Boca y Presentaciones Comerciales de su empresa de acuerdo a disponibilidad de agenda además de beneficios adicionales que La Administración comunique. Este valor no incluye costos de Reuniones Especiales o Viajes que previamente se comuniquen. Sí incluye la oportunidad de negocios entre miembros de su grupo que por iniciativa propia se generen. Los accidentes, enfermedades y catástrofes que sucedan durante los viajes, visitas tours o sesiones presenciales de la red son responsabilidad del MIEMBRO y su comportamiento y no de SHARE.
Cualquier controversia se solucionará mediante procedimiento de arbitraje en laudo ineludible en el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Guayaquil conforme a las normas de arbitraje de dicho centro.
En Guayaquil, a los días, mes y año de la aprobación virtual de este documento.